Principios básicos del manifiesto
Impulso y reconocimiento legal de las empresas con propósito o de interés común
Los grandes desafíos económicos, sociales y ambientales del presente revelan la necesidad de dar un giro a nuestro modelo social y productivo. Desde 2015, la Agenda 2030 de las Naciones Unidas establece un horizonte de transformación común a todas las economías que no podemos dejar escapar. Nuestro reto-país pasa por integrar los Objetivos de Desarrollo Sostenible en un modelo productivo que, necesariamente, tiene que ser más respetuoso con las personas y con el planeta.
Es por eso que reclamamos la creación de una figura jurídica, las "Sociedades de Beneficio e Interés Común" (SBIC), que promueva y reconozca legalmente a aquellas compañías que voluntariamente persiguen obtener, en el ejercicio de su actividad empresarial, un beneficio social y/o ambiental, además de un beneficio económico.
Este reconocimiento es posible mediante el establecimiento de condiciones objetivas que permitan a dichas sociedades “acogerse a una denominación y un régimen común” y, por lo tanto, ser susceptibles de ser identificadas y distinguidas en el mercado por:
Propósito de beneficio social y ambiental
Reconocer el propósito de generar un beneficio social y/o ambiental concreto para la sociedad e incorporarlo en los estatutos sociales para blindar y proteger la misión de la compañía, ofreciendo a los accionistas la posibilidad de elegir un problema social y ambiental de carácter público que pueda ser resuelto a través de la actividad privada.
Desempeño y gestión de triple impacto
Cumplir con elevados estándares sociales, ambientales y comunitarios a lo largo del tiempo y estar comprometido con la consecución de objetivos sociales y ambientales en las operaciones y modelo de negocio empresarial.
Transparencia y gobernanza
Someterse a mayores niveles de transparencia mediante la publicación de un informe de triple impacto, que permita conocer el grado de seguimiento, mejora y transformación de la compañía hacia estándares de sostenibilidad.
Rendición de cuentas
Ampliación de la responsabilidad fiduciaria y protección de los administradores, que deben velar no sólo por rendir cuentas sobre los resultados económicos de la empresa, sino también sobre el cumplimiento de su propósito social y contribución a la generación de un impacto positivo en la sociedad.